Mientras que en la década del ´90 la reforma laboral se caracterizó por flexibilizar los términos y condiciones del contrato de trabajo, las actuales modificaciones legislativas parecen ir en sentido contrario.
Puntos Importantes
- El contrato de trabajo a tiempo parcial sufrió una modificación legislativa que produjo importantes y novedosas alteraciones en su régimen.
- Abogados consultados por iProfesional.com analizan la reciente reforma. Explican que atenta contra los costos empresariales y la flexibilización laboral.
Conozca la letra chica de la modificación. La opinión de los expertos.
Así lo confirma la reciente sanción de la Ley 26.474, que introdujo novedosos e importantes cambios en materia de contrato de trabajo a tiempo parcial y estableció qué requisitos deben producirse para que la relación de trabajo pueda ser considerada como celebrada bajo ese marco.
La extensión de la jornada laboral, cómo computar el tiempo trabajado, las horas extras y el pago de cargas sociales son algunos de los puntos más inquietantes de la nueva normativa.
El contrato a tiempo parcial es aquel que tiene como característica principal la de obligar al empleado a prestar su actividad a través de una determinada cantidad de horas al día, a la semana o al mes, siempre que las mismas sean inferiores a las dos terceras partes de la jornada habitual de la jornada de trabajo (ocho horas al día).
Especialistas consultados por iProfesional.com destacaron que las recientes modificaciones atentan contra la flexibilización laboral y generan un importante incremento en los costos empresariales, fundamentalmente por las penalidades que se estipulan en caso de superarse la proporción de horas trabajadas y en lo relativo al pago de aportes y contribuciones para la seguridad social.
"La nueva ley constituye un elemento más en la clara tendencia de rigidización en la gestión de los recursos humanos e incremento de los costos laborales que provienen de los ámbitos legislativo y judicial", sostuvo Ignacio Capurro, socio de Funes de Rioja & Asociados.
El profesional agregó que "se viene a limitar la utilización de una modalidad contractual, en realidad de jornada laboral, que ha demostrado ser de gran utilidad para modular necesidades de personal e incluso fomentado la disminución de la informalidad laboral".
El horario como clave
“Podemos afirmar que la ley incrementa los costos laborales considerablemente, ya que si la jornada supera las 2/3 partes "el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa", alertó Juan Manuel Minghini socio del Estudio Alegria - Minghini & Asociados.
El abogado explicó que, en este sentido, si el trabajador cumple tareas en una jornada habitual por 6 o 7 horas diarias, deberá abonársele una remuneración igual a los trabajadores que lo hacen por 8 horas.
“Si bien la medida pareciera beneficiar al trabajador, le quita la posibilidad de pactar una jornada inferior a la legal, lo que en muchos casos resulta conveniente también para el empleador”, dijo Fernanda Sabbatini, desde Negri & Teijeiro Abogados.
Para Minghini esta modalidad “desalienta el otorgamiento de tareas en una jornada reducida, una modalidad muy utilizada y sumamente necesaria sobre todo para las pequeñas y medianas empresas”, acotó.
El profesional agregó que al momento de utilizar la modalidad de jornada parcial las empresas deberán establecerlo por escrito, con una causa sumamente justificada y con expresa indicación y publicación de los horarios que se cumplen.
“De no conducirse de manera restrictiva sobre este aspecto, quedarán pasibles a importantes indemnizaciones laborales, al considerarse como jornada completa una modalidad que fuera parcial”, afirmó.
El cómputo del tiempo trabajado
Los especialistas también criticaron la forma en que la reciente modificación computa el tiempo trabajado por los empleados.
“Se introdujo en la reforma la idea de jornada de trabajo completa, comprensiva del tiempo puesto a disposición del empleador, pero sin discriminar de ese cómputo el que es utilizado por el empleado en beneficio propio. Si al computarse este tiempo se excediera la jornada de trabajo a tiempo parcial, entonces nacerá la obligación del empleador de abonar como si se tratara de una jornada completa”, explicó Andrea Mac Donald, abogada y profesora de la Facultad de Derecho de la UBA.
No a las horas extras
Otra de las importantes modificaciones introducidas es la prohibición de que este tipo de trabajadores realicen horas “suplementarias” o extraordinarias, que son aquellas que exceden la jornada de ocho horas o bien la jornada prevista en el convenio colectivo de trabajo.
“Se extiende la prohibición de realizar horas suplementarias o extraordinarias para aquellos empleados que estén bajo la modalidad de los contratos a tiempo parcial, manteniéndose la excepción en los casos en que el trabajador esté obligado a prestar auxilios que se requieran en caso de peligro para las personas o para las cosas incorporadas a la empresa”, dijo Mac Donald.
Aportes y contribuciones
La ley establece que para los empleados que se desempeñen bajo esta modalidad, los aportes y contribuciones para la obra social serán los que correspondan a un trabajador de tiempo completo.
“La reforma también implica una reducción salarial para el empleado, dado que los aportes y contribuciones de la obra social deberán efectuarse en su totalidad, correspondiente a una jornada completa, y no de manera proporcional, como correspondía en el contrato a tiempo parcial”, acotó Minghini.
Los abogados consultados también advirtieron que, en este sentido, la reciente reforma podría fomentar el empleo en negro y las deficiencias en la registración laboral de los trabajadores.
“Esta modalidad contractual dejará de ser utilizada para recurrir directamente a la ausencia de registración laboral, pues la modificación ha pasado por alto la realidad y situación actual de las pequeñas y medianas empresas, quienes en vez de beneficiarse, cada vez encarecen más sus costos laborales”, puntualizó Minghini.
“Y si a ello le sumamos la facultad de los sindicatos de fijar el tope de trabajadores a tiempo parcial en cada establecimiento, no quedan más que dos opciones: o aumentar la dotación con empleados a tiempo completo, o directamente no registrar las relaciones”, alertó.
El abogado concluyó diciendo que “dado el contexto económico actual, los altos porcentajes de inflación y el estancamiento en el crecimiento que se prevé para este año, no quedan dudas cuál de las dos opciones serán las adoptadas por las empresas”.
Fuente: http://abogados.infobaeprofesional.com/
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