martes, 6 de enero de 2009

Oficializan el calendario de vencimientos fiscales

La AFIP especificó las fechas límites para la presentación de declaraciones juradas y pagos de saldos. Conozca el detalle de las obligaciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer el calendario de vencimiento de 2009 en el que se especifican las fechas límites para la presentación de declaraciones juradas y se detallan los plazo de cada una de las obligaciones impositivas.

La medida se oficializó mediante la publicación de la resolución general 2530 en el Boletín Oficial.

En el caso del Impuesto a las Ganancias, las sociedades, empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales, tendrán como plazo del 12 al 16 de cada mes según la terminación de CUIT, con excepción de mayo que será del 11 al 15.

El organismo también detalló los días que corresponderán en el siguiente año al Impuesto Sobre los Bienes Personales, Ganancia Mínima Presunta, Impuesto al Valor Agregado (IVA), impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios –conocido como el impuesto al cheque-, entre otros.

Fuente: http://contadores.infobaeprofesional.com/

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