Empleadores Conv. Colectivo 130/75: Comercio. Nueva contribución patronal mensual
obligatoria a partir del período Julio 2008.
A partir del Julio de 2008 los empleadores abarcados por el Convenio Colectivo Mercantil
deberán ingresar, hasta el día 15 del mes siguiente al de la liquidación, una contribución
mensual obligatoria con el fin de financiar el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y
Tecnológico para el Comercio.
Dicha contribución es el equivalente al 0,5% del sueldo correspondiente a la categoría
“Maestranza A” inicial vigente.
Ejemplo actual: $ 1293,65 x 0,5% = $ 6,47 por cada empleado.
La liquidación deberá realizarse a través de la página web www.institutocap.org.ar.
El pago de la boleta resultante podrá realizarse en el Banco Provincia de Buenos Aires – Pago
Fácil – BAPROpagos
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