viernes, 18 de julio de 2008

REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES EVENTUALES

Está dirigido a Personas Físicas mayores de 18 años, que desarrollen actividades en forma ocasional o eventual, con ingresos anuales que no superen los $12.000, que no perciban ingresos de otras actividades, que no desarrollen actividad en locales estables, que no posean empleados y que no realicen operaciones de importación.

Pago de obligaciones
Solo estará obligado a ingresar un pago que se toma a cuenta del aporte jubilatorio. Dicho pago a cuenta es equivalente al 5 % de los ingresos brutos obtenidos por las operaciones realizadas, a cuyo efecto se deberá utilizar el volante de pagos F. 155.

Los pequeños contribuyentes eventuales:
1. Se encuentran exentos del ingreso del componente impositivo o impuesto integrado.
2. No podrán acceder a las prestaciones del Régimen de Salud.

1 comentario:

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