domingo, 6 de julio de 2008

¿QUIÉNES PUEDEN SER MONOTRIBUTISTAS?

􀂾 Las personas físicas que realicen: ventas de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios.
􀂾 Las sucesiones indivisas que continúan la actividad de la Persona Física.
􀂾 Integrantes de cooperativas de trabajo.
􀂾 Sociedades de Hecho e Irregulares (máximo de 3 (tres) socios).


¿QUIÉNES NO PUEDEN SER MONOTRIBUTISTAS?
􀂾 Integrantes de sociedades no comprendidas en el Régimen (S.A., SRL, Soc. Colectivas, etc), o comprendida (Sociedad de Hecho o Irregular) y no adherida al mismo.
􀂾 Sujetos que se desempeñen en la dirección, administración o conducción de dichas sociedades, sin perjuicio de poder adherirse al Monotributo por otra actividad.
􀂾 Sujetos que realicen más de tres (3) actividades simultáneas o posean más de tres (3) unidades de explotación.

Fuente: AFIP

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