Condiciones de este nuevo plan
Conceptos incluidos: Aquellos vencidos hasta el día 31/12/2007, correspondientes a:
- Obligaciones Impositivas
- Recursos de la Seguridad Social
- Multas y cargos suplementarios por tributos a la exportación o importación
- Actualizaciones, intereses y multas correspondientes a los conceptos antes mencionados.
Tasa de interes Financiero: 1.5%
Cuotas:
- Serán mensuales y consecutivas, operando el vencimiento el día 16 de cada mes, siendo debitadas en la cuenta correspondiente a la CBU informada.
- La cantidad máxima a solicitar dependerá del tipo de deuda incluida
Tipo de dueda | Cantidad Máxima de Cuotas |
Retenciones y percepciones impositivas | 24 |
Impositiva y de los recursos de la seguridad social -excepto retenciones y percepciones impositivas y los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia-. | 120 |
Aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia. | 24 |
Multas impuestas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero por tributos a la importación o exportación | 120 |
- El componente de capital de las cuotas no podrá ser inferior a $ 150. La primera cuota tampoco podrá ser inferior al 3% de la deuda, las restantes cuotas serán iguales en cuanto al valor de capital (es decir sin considerar el interés de financiación).
¿Cómo solicito este nuevo plan?
- Ingresando con su Clave Fiscal al servicio “MIS FACILIDADES”
- Seleccionando la opción “PLAN ESPECIAL – Deuda vencida al 31 de diciembre de 2007”, la que se encontrará disponible a partir del 20 de Noviembre.
- Detallando: cada una de las obligaciones que incluyen en este plan, la cantidad de cuotas que solicita y la C.B.U. en la que se efectuarán los débitos de las cuotas.
Tenga en cuenta que:
- La deuda deberá estar exteriorizada (de no ser así, deberá presentar las declaraciones juradas originales y/o rectificativas correspondientes).
Vencimientos
Tiene tiempo para adherirse al régimen hasta el 31 de Marzo de 2009
Si necesita más información:
Micrositos "Mis Facilidades"
Los más visitados: ABC – Consultas y Respuestas Frecuentes
Biblioteca Electrónica Resolución General N° 2518
Centro de Información Telefónica
0810-999-2347 (AFIP) ò *2347 desde su celular.
Lunes a Viernes de 08:00 a 20:00 horas
Fuente: http://www.afip.gov.ar/
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