martes, 24 de marzo de 2009

Derechos y obligaciones de los trabajadores

Capítulo 7: Otros derechos

-Los sistemas de controles personales destinados a la protección de los bienes del empleador deberán siempre salvaguardar su dignidad y deberán practicarse con discreción y se harán por medios de selección automática destinados a la totalidad del personal.

-Los controles del personal femenino deberán estar reservados exclusivamente a personas de su mismo sexo.

NOTA I : En ningún caso, ( ni laboral ni en cualquier otro ámbito de la vida), deberá dar originales de ninguna documentación. En todos los casos es suficiente la presentación de copias. Ante cada presentación recuerde hacer firmar por quien recibe, una copia y guardarla junto con el original.

NOTA II: En todos los casos, desde el momento en que ha sido privado del goce de algún derecho, Usted tiene dos (2) años para hacer el reclamo denunciando el hecho por Telegrama Laboral. Ejemplo: Si en Enero de 2006 no le pagaron las horas extras trabajadas y en Junio de 2007 no le pagaron el SAC, tendrá derecho a reclamar el pago de las horas extras hasta Enero de 2008 y el pago del SAC hasta Junio de 2009.

NOTA III: Los puntos suspensivos (...) de los textos de los Telegramas Laborales deben ser cambiados por los datos que correspondan completar.

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