miércoles, 18 de marzo de 2009

Derechos y obligaciones de los trabajadores

CAPITULO 1


Este curso tiene por finalidad hacerle saber cuáles son sus derechos y cuáles son sus obligaciones como trabajador, así como cuáles son los derechos y cuáles son las obligaciones de su empleador. Hacerlos respetar es Su derecho deber. Por ello, y para que la falta de conocimiento del amparo que le brindan las leyes no sea el motivo de su propio perjuicio, se explicará cuáles son sus derechos, qué tiene que hacer en cada caso, y cómo puede calcular los diferentes importes que le corresponden cobrar, en cada caso.

¡Ahora sí, a prestar atención!

Usted tiene derecho a:

- Que lo respeten.
- Que le den un trato igual a todos los empleados, sin hacer distinciones por motivos religiosos, raciales, políticos, gremiales, por elecciones sexuales, o por afección inmunodeficiente adquirida (SIDA).
- Que le den condiciones dignas de trabajo, (limpio, saludable y seguro).
- Que hagan sus aportes previsionales, que en el futuro serán Su Jubilación.
- Que hagan los aportes a la Obra Social y gozar de ella, Usted y su grupo familiar y/o quienes estén a su cargo.
- Gozar de la cobertura de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo en caso de accidentes.
- Que hagan el pago al Sindicato que corresponda, y gozar de los beneficios que éstos otorgan. (Ajuar, leche gratuita para el recién nacido, útiles escolares al inicio de las clases, descuentos en ópticas, paquetes turísticos, etc.,
- dependiendo de cada Sindicato la variedad de beneficios que le otorga al trabajador).
- Cumplir una jornada laboral de 8 horas.
- Negarse siempre, en cualquier ocasión de su vida, a firmar cualquier papel en blanco (con cualquier formato, hoja lisa o rayada, recibo de sueldo, pagaré, etc.). Quien así se lo pida tiene intención de perjudicarlo siempre, de lo contrario, no se lo pediría.- Negarse a firmar un recibo de sueldo que contenga una fecha de ingreso falsa, una categoría falsa, y/o un importe de sueldo falso. El reclamo para que se consignen los datos reales en el recibo de sueldo debe hacerse durante la relación laboral, a través de TCL. Su derecho es firmar aquél recibo de sueldo que refleje la realidad de los hechos, su real remuneración, fecha de ingreso, categoría, etc.




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