lunes, 15 de septiembre de 2008

El Contador Frente al Deber Moral y las Decisiones Administrativas. - Capitulo 1

CAPITULO I

1. EL CONTADOR

1.1. LEY, INSTITUCION Y NORMAS QUE LO REGULAN

El 19 de junio de 1944 se publicó en la Gaceta Oficial No.6095 la Ley sobre Contadores Públicos Autorizados y Sobre la Escuela de Peritos Contadores. Esta Legislación pasaría a conocerse entre los relacionados con esta rama profesional como la 633, número que la identifica.

En el artículo 9 de la mencionada Ley se dictan los requisitos para conseguir la autorización para ejercer en la República Dominicana (exequátur). En el artículo 5 se establece el alcance de los trabajos a realizar, así mismo el artículo 18 establece que: "Para todos los fines legales los contadores públicos autorizados serán considerados como profesionales liberales y podrán posponer a sus nombres las iniciales CPA como indicativo de su profesión e investidura".

El CPA es ante todo un profesional universitario; el título profesional es el que lo califica por encima de cualquier otra consideración. Esos estudios superiores son los que garantizan a la clientela que los servicios prestados por esas personas son de alta calidad, derivados de los conocimientos adquiridos por medio de un proceso educativo de alto nivel.

Esa condición de profesional sirve como garantía de un adecuado espíritu de servicio y responsabilidad social. Al que ostenta la condición de CPA se le advierte un profesionalismo de alto nivel y se le supone que trata de servir, en primer lugar, a la sociedad ante la cual tiene un agradecimiento y una responsabilidad. Los principales instrumentos de trabajo de un CPA son sus conocimientos y su capacidad intelectual; en su moral está el usarlo para el bien o para el mal.

CONTADOR PUBLICO.

Cuando al sustantivo "contador" se le añade el adjetivo "público", éste adquiere connotaciones muy importantes. Ese adjetivo público tiene dos explicaciones:

• La primera proviene del hecho de que ofrece sus servicios al público en general y no a una sola persona, en oposición al término privado que indicaría lo contrario.

• El contador es público porque su responsabilidad es para con el público en general, más que con el cliente que le va a pagar.


CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO.

La denominación de autorizado proviene del papel del Gobierno Dominicano como intermediario en la certificación de la idoneidad del profesional para servir como tal. En el artículo 7 de la Ley 633 se expresa

que: "Los reportes preparados por los contadores públicos podrán ser puramente objetivos, conteniendo únicamente los hechos y datos investigados; pero podrán tener también la opinión personal del contador público sobre los hechos y datos investigados, pero en el entendido de que la certificación prevista en el artículo anterior se referirá siempre a los hechos y datos objetivos del reporte".

Esa objetividad requiere independencia del contador hacia quien lo contrata. El requerimiento más importante de los contadores es que sean vistos por el público y el Estado como verdaderamente independientes de los intereses de sus clientes. Las leyes han creado para los CPA una condición de la cual disfrutan pocas profesiones. La fe pública le está reconocida a algunos profesionales liberales, y dentro de la maquinaria estatal sólo la Policía Nacional tienen concesiones semejantes. Los contadores son diferentes de todos los demás participantes en la economía del país porque se les ha dotado de reputaciones de objetividad e imparcialidad que están íntimamente asociadas con el concepto de independientes. Entre todos los profesionales universitarios, sólo ellos son considerados como árbitros desinteresados entre los intereses públicos o privados y los del pueblo que los sostiene con sus impuestos y consumo.

El objetivo de la Ley 633 y el interés del público reside en que se espera que el CPA proteja sus intereses y no promueve los intereses de sus clientes a expensas suyos. Es inapropiado para los auditores independientes, que actúen como defensores parcializados en beneficio de los intereses de sus clientes. La confianza pública en la exactitud y utilidad de la información financiera empresarial, depende de la firme creencia de que tal información ha sido revisada y certificada por auditores calificados que son realmente independientes. La confianza de la independencia de los auditores requiere que tengan intereses directos o indirectos con los asuntos de sus clientes.

El Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana (ICPARD) fue creado por la Ley 633, de fecha 16 de junio del 1944, y es la máxima organización de contadores públicos autorizados de la República Dominicana, y tiene las siguientes finalidades :

a) Contribuir al adelanto de la contabilidad y proponer el desarrollo de la profesión de contador público autorizado.

b) Estrechar las relaciones entre los contadores públicos autorizados del país, y entre éstos y los colegas extranjeros.

c) Promover y mantener un alto prestigio en el ejercicio de la profesión de contador público autorizado.

d) Salvaguardar los intereses profesionales de sus miembros y proporcionarles ayuda profesional o moral.

e) Procurar la unificación de criterios entre sus asociados, en las cuestiones de carácter profesional.

f) Dictar reglas obligatorias para sus asociados acerca de normas y procedimientos de auditoría, principios de contabilidad, ética profesional y cualesquiera otras reglas que fueren necesarias para el mejor ordenamiento del ejercicio profesional.

El ICPARD es un organismo profesional miembro de la Federación Internacional de Contadores (IFAC), máxima autoridad de la profesión a nivel mundial, responsable de la emisión de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's) a través del Comité de las Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) y de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA'S), con el objetivo de lograr uniformidad en los registros contables y en la práctica profesional del contador público autorizado alrededor del mundo.

1.2. IMAGEN DEL CONTADOR

El contador público juega un papel decisivo en una economía global y por lo tanto debe ajustarse a esos cambios, convirtiéndose en un administrador diestro de este proceso, capaz de determinar la necesidad y la forma de inversión estratégica en tecnología de información, y así mismo ser capaz de poder manejar los riesgos inherentes.

Entonces el contador debe proyectar su imagen a través de un lenguaje, un idioma con el cual se entiende la empresa y todos los que con ella se relacionan.

- Constancia y orden

- Claridad y limpieza

Trabajo - Puntualidad y dedicación.

- Sencillez y precisión.

- Dominio de la profesión.

- Accesible y cortés.

Proyección - Culto e intelectual.

Social del Persona - Entusiasta y optimista.

Contador. - Agil y dinámico.

- Comprensivo y humano.

- Responsabilidad.

- Respeto y discreción.

Etica - Amplio criterio.

- Independencia mental.

- Honradez y confiabilidad.

La tarea y misión del contador público es proveer un servicio profesional que siempre exceda las expectativas de sus clientes y del público. Para ello es necesario aceptar el permanente desafío con la fuerza del conocimiento y la voluntad para alcanzar siempre el éxito.

Los profesionales de la contabilidad y auditoría constituyen factores del progreso empresarial y facilitadores de los nuevos procesos de mejoramiento de las organizaciones.

1.3. DEBERES Y FUNCIONES DENTRO DE LA EMPRESA.

Para entender cuales son las funciones y deberes del CPA dentro de la empresa, debemos definir que significa cada cosa :

Deber:

Es el sentido de responsabilidad que nos obliga a proceder dentro de determinados preceptos ya establecidos. Este constituye una obligada norma de comportamiento que se nos impone y la cual no podemos eludir.

Todo profesional para poder ser considerado y respetado dentro del conglomerado, como un representativo dentro de su carrera, está comprometido a cumplir sus deberes como profesional.

Funciones:

Pueden ser definidas como el desarrollo y las ejecuciones de una o varias actividades con el objetivo de lograr una meta.

Teniendo estos conceptos definidos, entonces podemos proceder a enumerar las funciones y deberes más relevantes. En el caso de los deberes somos de opinión que el más importante es :

Suministrar las informaciones fiables y oportunas para la toma de decisiones.

Elegimos este único deber por las siguientes razones :

a) El CPA debe suministrar de manera clara todas las informaciones de relevancias importantes a la administración.

b) Es responsabilidad del CPA que las decisiones tomadas por la gerencia en base a las informaciones suministradas por él sean las más correctas.

Dentro de las funciones tenenos :

• Las aperturas de los libros de contabilidad.

• Establecimiento de sistema de contabilidad.

• Estudios de estados financieros y sus análisis.

• Certificación de planillas para pago de impuestos.

• Aplicación de beneficios y reportes de dividendos.

• La elaboración de reportes financieros para la toma de decisiones.

Con estas funciones enumeradas no queremos decir de modo alguno que sólo son éstas las que puede ejercer el CPA dentro de las empresas, dado que está más que demostrada la capacidad sobrada con que cuenta éste para ejercer muchas más.



Fuente: http://www.monografias.com/trabajos10/contad/contad.shtml?relacionados

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